
En las últimas semanas se han publicado dos comunicaciones relevantes sobre el recargo por combustible:
– Una Nota Práctica inicial para distribuidores
– Una Actualización operativa tras el Real Decreto‑ley 9/2026, con aclaraciones técnicas del Ministerio de Transportes (MITMA).
Es importante tener en cuenta que, en caso de diferencia, prevalece siempre lo indicado en la actualización más reciente del MITMA, que es la que debe aplicarse desde ahora.
A continuación, os presentamos la información vigente y operativa:
Recomendación clara para los asociados
- Aplicar siempre el recargo sobre el PAI medio del periodo facturado.
- Utilizar exclusivamente los precios de referencia del MITMA.
- No usar picos ni máximos puntuales.
- Preparar la actualización de tablas cuando se publique la nueva Orden.
- Comunicar el criterio aplicado a los clientes para evitar conflictos comerciales.
Seguiremos informando puntualmente de cualquier novedad normativa que afecte a la operativa del sector.
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